En la Argentina, las empleadas domésticas tienen derecho a descansar durante el 3 de abril, fecha que se conmemora como el Día del Personal de Casas Particulares. Por ello, pueden optar si trabajan o no. De acuerdo con la normativa vigente, si deciden prestar servicio en esta jornada no laborable, debe recibir un pago doble según lo estipulado en la legislación. Por ejemplo, una trabajadora encuadrada en la quinta categoría que cubra un turno de ocho horas ese día debe percibir $45.808, el equivalente al doble de la remuneración mínima habitual para esa función.
Esta disposición tiene su fundamento en la ley 26.844, denominada Ley de Trabajo en Casas Particulares, que fue sancionada en 2013 y representa un avance en la regulación de este sector. Posteriormente, en 2015, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación estableció formalmente que el 3 de abril sería la fecha dedicada a las empleadas domésticas, equiparándola con los descansos reconocidos para otros sectores laborales.